Decreto inhabilita discotecas y consumo de alcohol en espacios públicos.
Por aumento de casos de COVID19, el Ministerio del Interior emitió un decreto que inhabilita en Colombia las discotecas y el consumo de alcohol en establecimientos de comercio.
Los aumentos de casos de COVID19 han sido drásticos y preocupan a la ciudadanía y también a los organismos de control.
Se han presentado fiestas no autorizadas y aglomeraciones en establecimientos comerciales, poniendo en riesgo la salud pública.
No se están siguiendo los protocolos de bioseguridad: el distanciamiento social y el uso de tapabocas en estos espacios ha sido nulo.
En el decreto se establece que en ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:
- Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Discotecas y lugares de baile
- El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
- No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.
Con estas medidas se busca mitigar los efectos de virus y evita el aumento de los casos.
El Decreto establece que el Distrito podrá solicitar al Ministerio del Interior la autorización para la implementación de planes piloto en: establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local.
Y para la realización de ferias empresariales, ferias ganaderas y eventos siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad.
Y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades.
Para conocer el decreto haz clic AQUÍ.