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MinAgricultura amplia inscripciones para otorgar incentivo económico

MinAgricultura amplia inscripciones para otorgar incentivo económico.

Hasta el 14 de agosto, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MinAgricultura) amplió el plazo para que los productores del país puedan acceder al beneficio económico al transporte de carga de los productos perecederos, agrícolas y pecuarios.

Con ello, se permite que un mayor número de pequeños y medianos productores puedan beneficiarse con esta ayuda del Gobierno, para la cual se destinaron $33.500 millones, dijo el ministro Rodolfo Zea Navarro.

MinAgricultura amplia inscripciones para otorgar incentivo económico

El funcionario recordó que desde el pasado 1 de junio, el Ministerio de Agricultura implementó este apoyo para pequeños y medianos productores que se han visto afectados en el transporte de sus productos a otros municipios donde tienen sus proyectos.

El ministro Zea, hizo un llamado para que se inscriban antes del 14 de agosto y se beneficien de este apoyo, que consistente en un incentivo económico sobre el transporte.

Para cualquier información sobre los términos o ayuda para la inscripción se puso a disposición de los productores las líneas de chat: 3206717746 y 320 8330986; así mismo la línea nacional 018000510050.

O en las páginas web del Ministerio MinAgricultura y de la Bolsa Mercantil de Colombia (BMC) Bolsa Mercantil.

Los productores pueden realizar las inscripciones al programa ingresando a la web de la BMC, en el siguiente enlace: ‘Transporte de alimentos perecederos’.

El ministro Zea informó, que con corte al 20 de julio, el programa de apoyo al transporte cuenta ya con 13.172 inscritos, de los cuales 577 corresponden a personas jurídicas y 12.602 a personas naturales.

Es importante resaltar, que esta ayuda aplica para productores de perecederos agropecuarios que estén en cosecha y/o con sobre oferta, agrupados de la siguiente manera: frutas, hortalizas y verduras, tubérculos y plátanos y proteína animal.

Así mismo, es necesario que la comercialización se realice en zonas diferentes al municipio de producción, teniendo en cuenta una distancia como mínimo de 40 kilómetros y que el transporte utilizado no sea de propiedad de los productores.

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