Prohibiciones que se mantienen vigente durante el aislamiento.
A través del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Gobierno extendió el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 1 de julio en todo el país.
El nuevo decreto deja en manos de las autoridades locales definir de qué manera se realizarán las nuevas reaperturas.
Además, por medio de este decreto, el Gobierno Nacional cerró las fronteras con Panamá, Ecuador, Brasil y Venezuela a partir del 31 de mayo y hasta el 1 de julio.
Estas son las prohibiciones que se mantienen vigente durante el aislamiento:
- Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas
- Los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juegos de video.
- Los establecimientos y locales gastronómicos. Solo entrega a domicilio o por entrega para llevar.
- Gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.
- Cines y teatros
- La práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación
- Servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones
- Se mantiene la suspensión del transporte doméstico por vía aérea, a partir de las cero horas del 1 de junio de 2020, hasta las cero horas del 1 de julio de 2020.
- El transporte público deberá permanecer a 35% de capacidad
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